Seguro de vida y desempleo (voluntario)
Seguro de vida y desempleo (voluntario)
Tu bienestar y el de tu familia son importantes, protégelos con un respaldo económico en caso que les llegues a faltar, y además tienes el beneficio de un Seguro de Desempleo, si te quedas sin tu fuente de ingreso.
Edades:
Edad de ingreso: desde los 18 años hasta el día que cumpla 74 años.
Límite de permanencia: hasta el día que cumpla 75 años.
PLANES
COBERTURAS |
OPCIÓN 1 |
OPCIÓN 2 |
Vida (muerte por cualquier causa) |
$5,000.00 |
$8,000.00 |
Incapacidad Temporal Laboral / Desempleo |
$500.00 |
$500.00 |
Valor del seguro sin impuestos |
$7.68 |
$10.57 |
Valor del seguro con impuestos |
$7.99 |
$10.99 |
Si no se logra realizar el cobro durante 90 días consecutivos, el seguro será cancelado por falta de pago y quedará sin cobertura en caso de siniestro.
DEDUCIBLES:
Es el tiempo contado desde el día de ocurrencia del siniestro, durante el cual no se indemnizará ningún valor al beneficiario.
-
Para Desempleo: 30 días.
-
Para Incapacidad Laboral Temporal: 14 días.
CARENCIAS:
Si el siniestro se produce durante este período, el asegurado pierde el derecho al pago de la indemnización por dicho evento.
Para Desempleo e Incapacidad Laboral Temporal: 30 días contados desde la contratación del seguro.
VIDA (muerte por cualquier causa):
Cubre el fallecimiento del asegurado por cualquier causa, según la suma asegurada del plan contratado.
DESEMPLEO E INCAPACIDAD LABORAL TEMPORAL:
- Independiente: cuando sufra una Incapacidad Laboral Temporal.
- Bajo relación de Dependencia: Quede en Desempleo
El cliente deberá estar al día en el pago para poder acceder a la cobertura.
VIDA (MUERTE POR CUALQUIER CAUSA):
|
No cubre el suicidio del asegurado durante el primer año de haber estado amparado ininterrumpidamente en la Póliza.
INCAPACIDAD LABORAL TEMPORAL:
DESEMPLEO:
a. Coberturas o amparos no detallados en las condiciones particulares de la Póliza o en el certificado individual de seguro.
b. Dolo o culpa grave del Asegurado.
c. Personas que a la fecha del ingreso al seguro se encuentren en estado de incapacidad total y permanente.
INCAPACIDAD LABORAL TEMPORAL:
Cuando la incapacidad sea consecuencia directa de uno o varios de los siguientes hechos o circunstancias:
d. Enfermedades o accidentes preexistentes al ingreso al seguro y conocidas por el Asegurado, a menos que dichas enfermedades o accidentes hayan sido dadas de alta definitiva con doce (12) meses de anterioridad al ingreso a la cobertura.
e. Embarazo, parto, aborto, así como sus consecuencias o secuelas.
f. Heridas autoinfligidas intencionalmente, intento de suicidio estando o no el Asegurado en uso de sus facultades mentales.
g. Cirugía estética y sus consecuencias
h. Enfermedades mentales de cualquier naturaleza, estado de ebriedad o bajo los efectos de drogas o alucinógenos, de acuerdo con los exámenes realizados en los centros de salud reconocidos por la autoridad sanitaria.
i. Enfermedad derivada del SIDA y VIH y sus consecuencias.
j. Guerra declarada o no, conmoción civil, revuelta popular, motín, rebelión, sedición, asonada, manifestaciones públicas, revolución, insurrección, poder militar o usurpado, huelga, ley marcial o estado de sitio, terrorismo, sabotaje o acto delictivo, siempre que el Asegurado participe activamente en calidad de autor, cómplice o encubridor.
k. Lesiones a consecuencia de peleas o riñas en que ha intervenido o participado el Asegurado, salvo en aquellos casos en que se establezca judicialmente que se ha tratado de legítima defensa.
l. Lesiones a consecuencia de la participación del Asegurado en actos temerarios o en cualquier maniobra, experimento, exhibición, desafío, deportes considerados de alto riesgo, competencias deportivas o actividad notoriamente peligrosa, entendiéndose por tales aquéllas donde se pone en grave peligro la vida e integridad física de las personas, que no hayan sido declarados por el Asegurado al momento de contratar la cláusula o durante su vigencia.
m. Daños o pérdidas ocasionados por experimentos de energía atómica o nuclear o de cualquier riesgo atómico, por fisión y/o fusión nuclear o contaminación radioactiva.
n. Vuelos no regulares.
o. La incapacidad temporal debido a la misma enfermedad o accidente por el cual el Asegurado hubiera recibido una indemnización por aplicación de esta misma cláusula durante el mismo periodo de vigencia anual de la póliza.
p. Enfermedades o dolencias a consecuencia de problemas en la columna vertebral.
q. Enfermedades que sean declaradas epidemias y/o pandemias por la autoridad competente.
DESEMPLEO: Cuando el desempleo sea consecuencia directa de uno o varios de los siguientes hechos o circunstancias:
r. Vencimiento del contrato de trabajo pactado a término fijo o por finalización de la obra o labor contratada.
s. Visto bueno otorgado por las autoridades laborales.
t. Cese o renuncia voluntaria de la actividad, acuerdo entre las partes o solicitud de desahucio por parte del Asegurado.
u. Desempleo ocurrido cuando el Asegurado haya trabajado por un periodo menor a noventa días (90) con un mismo empleador o durante su periodo de prueba.
v. Desempleo menor a treinta (30) días calendarios, contados a partir de la notificación de no aporte realizada al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS).
w. Pérdida de empleo por campañas de despido en masa; para los fines de esta garantía, se entenderá por despido en masa cuando la empresa despide a más de diez por ciento (10%) de su personal en el mismo mes.
x. En caso de que el Asegurado sea un empleado del sector público, adicional a las exclusiones arriba detalladas aplican las siguientes:
1. Por pérdida de los derechos de ciudadanía declarada mediante sentencia Ejecutoriada.
2. Por destitución en cargos de libre nombramiento y remoción.
3. Por revocatoria del mandato.
4. Por ingresar al sector público sin ganar el concurso de méritos y oposición.
5. Por acogerse a los planes de retiro voluntario con indemnización.
6. Por acogerse al retiro por jubilación.
El Asegurado o Beneficiarios según el caso, deberán dar aviso por escrito a la Compañía de toda lesión, pérdida o muerte sobre la cual pueda establecerse una reclamación.
PLAZO PARA REPORTAR UN SINIESTRO:
Si no se realizar dentro de este periodo, se lo consideraría extemporáneo y no contaría con cobertura.
- Vida (fallecimiento por cualquier causa): hasta 3 años desde la ocurrencia del siniestro.
- Desempleo / Incapacidad Laboral Temporal: hasta 30 días desde la ocurrencia del siniestro.
Nota: El asegurado tiene que estar al día en el pago del seguro.
DOCUMENTOS NECESARIOS EN CASO DE SINIESTRO:
- Original del Formulario de Reclamación: | Ver formulario |
- Copia de la cédula de identidad del asegurado (persona que falleció)
- Original o Copia de la Partida de defunción del Asegurado.
- Original o copia de la cédula de identidad de los beneficiarios.
AUTORIZACIÓN PARA PAGO POR TRANSFERENCIAS:
Adicionalmente, la Aseguradora podrá solicitar alguno de los siguientes documentos cuando lo considere necesario:
- Original o copia del certificado individual de seguro o certificación de ingreso al seguro por parte del Solicitante.
- Copia de la historia clínica del Asegurado.
- Copia del Acta de levantamiento del cadáver.
- Copia del Parte policial.
- Copia del Protocolo de autopsia.
- Original o copia del Certificado de inhumación y sepultura.
- Original o copia del Informe estadístico de defunción general del INEC.
- En caso de no designación de Beneficiarios por parte del Asegurado: Original o copia notariada de la Posesión efectiva de legitimarios / herederos.
- En caso de muerte presunta: Original o copia de la Declaratoria de muerte presunta.
- En caso de Beneficiario a título oneroso: Certificado del Solicitante donde se verifique el interés asegurable.
DESEMPLEO:
- Formulario de reclamación de beneficios. | Ver formulario |
- Copia de la cédula o pasaporte del asegurado.
- Copia del acta de finiquito de la que se desprenderá si hubo despido.
- Copia del historial de afiliación del IESS donde conste la salida del trabajador o copia del certificado de afiliación al IESS (a presentar mensualmente durante el periodo que el Asegurado se mantenga desempleado.
AUTORIZACIÓN PARA PAGO POR TRANSFERENCIAS:
INCAPACIDAD LABORAL TEMPORAL:
Formulario de reclamación de beneficios.| Ver formulario |
- Copia de la cédula o pasaporte del asegurado.
- Certificado médico, donde conste la enfermedad o accidente y sus causas, la fecha de inicio de la incapacidad temporal, fecha de fin de la incapacidad o pronóstico de duración de la misma, y si la dolencia le impide dedicarse a su actividad económica habitual.
AUTORIZACIÓN PARA PAGO POR TRANSFERENCIAS: | Ver formulario |
Adicionalmente, la Aseguradora podrá solicitar los siguientes documentos cuando lo considere necesario:
- Copia de la Historia Clínica completa, información radiológica, histológica y de laboratorio.
- Copia del contrato de trabajo que estuvo desempeñando en el momento de la pérdida del empleo o prueba de vinculación legal o reglamentaria o certificación del empleador donde conste el nombre, último cargo desempeñado, remuneración mensual de los últimos tres meses, tiempo laborado y motivo de salida.
- Copia del(los) documento(s) que sustenten la suma asegurada indicada en las condiciones particulares de la Póliza o en el certificado individual de seguro.
- Para trabajadores independientes, declaraciones del impuesto a la renta y/o contabilidad del Asegurado en el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social o documentos equivalentes que demuestren el nivel de ingresos del Asegurado.
- Certificado individual de seguro.
NOTAS:
- Además de la información básica requerida, Equinoccial, se reserva el derecho de solicitar cualquier otro documento que sea necesario para la formalización del reclamo.
- La Aseguradora se reserva el derecho de hacer examinar al asegurado por un médico designado por ella.
- Aplican condiciones y restricciones. En caso de existir cualquier discrepancia entre las condiciones generales de la Póliza y el contenido de este documento prevalecerán las condiciones de la Póliza.
VIDA:
“Resolución No. SB-INS-99-431 del 7 de diciembre de 1999.”
SEGUROS EQUNOCCIAL:
1800 EQUINOCCIAL (1800 378 466)
TECNISEGUROS S.A.:
1800 1800 TU AYUDA (1800 882983)
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