Incendio Voluntario - Post Crédito Hipotecario
Asegura tu hogar sin complicaciones
Después de terminar de pagar tu crédito hipotecario, puedes continuar manteniendo asegurada tu vivienda en caso de eventos fortuitos e imprevistos como: incendio, rayo, terremoto, temblor y/o erupción volcánica, motín y huelga, daños por agua, lluvia e inundación, colapso, maremoto, entre otras, así como un servicio de asistencia básica.
- Este seguro es para la estructura de las viviendas 100% terminadas y su costo mensual depende del valor asegurado de la construcción. El valor comercial lo indica el cliente y debe ser el que mas se ajuste a las condiciones actuales de su residencia.
- No cubre robo de los contenidos o de partes de la vivienda.
- NOTA: Si no se logra realizar el cobro durante 90 días consecutivos, el seguro será cancelado por falta de pago y quedará sin cobertura en caso de siniestro.
Todo riesgo y según las condiciones generales, esta Póliza cubre los daños físicos directos causados en forma accidental, súbita e imprevista, que sufran los bienes asegurados relacionados en las condiciones particulares de esta Póliza, a consecuencia de cualquier causa que no se encuentre expresamente excluida, siempre y cuando permanezcan en el predio asegurados. Igualmente cubre los daños físicos directos que sufran los bienes asegurados a consecuencia de las medidas adoptadas para evitar la propagación del siniestro. Sujetas a estas condiciones y límites:
- Terremoto, temblor y/o erupción volcánica; incluye albercas, patios exteriores, cimientos, muros, cisternas, patios, cercas, reservorios, portones, postes sin que estén declarados en el avalúo, ESTO ES PARTE DE ESTRUCTURA Y SIEMPRE Y CUANDO ESTEN DENTRO DE VALOR ASEGURADO.
- Conmoción civil hasta el 20% del Valor Asegurado.
- Daños por agua incluyendo derrame por otros líquidos.
- Lluvia e inundación (incluye granizada); incluye postes, cercas, portones.
- Cobertura extendida amplia, incluye impacto de vehículos propios del asegurado, TEMPESTAD O VENTARRÓN: Se entiende por tales a las alteraciones de las condiciones atmosféricas normales que produzcan una velocidad del viento mayor de 55 kilómetros por hora. Nota. (No se cubre choques entre vehículos).
- Se cubre vías de acceso y sus complementarios.
- Hundimientos, desplazamientos, agrietamientos o asentamientos de muros, pisos, techos, pavimentos o cimientos, se excluye en dicha cláusula cuando se hace referencia el defecto originario o interno de un objeto que puede producir en mayor o menor grado su propio deterioro, del que el asegurador no es responsable. (fallas en materiales de construcción o en la construcción en sí).
LÍMITES:
- Gastos de extinción de incendio, hasta USD$ 10.000.
- Honorarios y gastos de viaje y estadía de técnicos (5% V/A) hasta USD$ 40.000.
- Honorarios de Auditores, revisores y contadores (5% V/A) hasta USD$ 40.000.
- Gastos para aminorar la pérdida, hasta USD$ 5.000.
- Rotura de sanitarios y grifería, hasta USD$ 2.000.
- Remoción de escombros (8% V/A) hasta USD$ 100.000.
- Vidrios y cristales por vivienda, hasta USD$ 1.000.
- Vidrios y cristales por edificio y/o conjunto, hasta USD$ 10.000.
- Clausula Eléctrica hasta USD$ 1.000.
DEDUCIBLES:
- Terremoto, maremoto y colapso: 2% del valor asegurado por dirección mínimo USD$150.
- Lluvia e inundación: 1% del valor del asegurado, mínimo US$100.
- Otros eventos (incluye incendio): 10% del valor del siniestro, mínimo US$250.
- Rotura de vidrios y cristales 10% del valor del siniestro, mínimo US$50.
- Cláusula Eléctrica mínimo de $200.
ASISTENCIA HOGAR:
Esta asistencia cubre los daños menores que no estén asociados con la construcción ni con las coberturas de la Póliza de Incendio, como son: plomería, electricidad, vidrios y cerrajería.
En caso de un evento menor emergente, el cliente se debe contactar inmediatamente, para poder tener la cobertura, caso contrario, pierde el beneficio.
COBERTURAS:
- PLOMERÍA, POR ROTURA O FUGA EN LAS INSTALACIONES HIDRAÚLICAS, SANITARIAS Y DE GAS: envío y pago de plomero, revisión técnica y reparación de daños y con un máximo de 3 eventos en el año, no incluye materiales.
- ELECTRICIDAD, RESTABLECIMIENTO DEL SERVICIO POR FALLAS EN LAS INSTALACIONES: envío de electricista para revisión y reparación del fluido eléctrico, por causas externas y con un máximo de 3 eventos en el año, no incluye materiales.
- CERRAJERÍA, REPARACIÓN Y APERTURA DE CHAPAS Y CERRADURAS: envío y pago de cerrajero, incluye mano de obra con un máximo de 3 eventos en el año, no incluye materiales.
- VIDRIERÍA, CAMBIO DE VIDRIOS ROTOS EN PUERTAS Y VENTANAS: envío y pago de vidriero, incluye mano de obra, con un máximo de 3 eventos en el año, no incluye materiales.
-
Para todas las coberturas, aplican condiciones.
No cubre las pérdidas o daños materiales causados directa o indirectamente por, o a consecuencia de o durante:
- Actos mal intencionados o culpa grave del Asegurado o sus representantes.
- Operaciones militares, haya o no declaración de guerra, hostilidades, invasión de enemigo extranjero, guerra interna, guerra de guerrillas, revolución Actos terroristas o de movimientos subversivos, sabotaje con explosivos.
- Confiscación, nacionalización, requisa, captura, destrucción o daño por orden de cualquier autoridad pública.
- Reacción nuclear, radiación o contaminación radiactiva, energía atómica.
- Desperfectos que sufran los aparatos, accesorios e instalaciones eléctricas por una causa inherente a su funcionamiento.
- Vibraciones producidas por el ruido de aeronaves o por cualquier otro vehículo.
- Implosión.
- Rotura, estallido o desprendimiento de partes rotativas o movibles de maquinaria, causados por fuerza centrífuga o daño mecánico o eléctrico.
- Golpes del martillo hidráulico.
- Daños causados por vibración o movimiento no natural del suelo o subsuelo como hundimientos, desplazamientos, deslizamientos, asentamientos o colapsos.
- Suspensión total o parcial del trabajo o interrupción o suspensión de cualquier procedimiento u operación.
- Confiscación, incautación, requisición o destrucción de los bienes asegurados por orden del Gobierno de jure o de facto o por cualquier autoridad competente.
- Lucro cesante, demora, pérdida de mercado, pérdida de utilidades y otros beneficios o ventajas que se interrumpan o terminen, cualquiera sea la causa que las origine. Tampoco cubre pérdidas o daños a los bienes abajo detallados, salvo que se hagan constar en las condiciones particulares o endoso adherido a esta póliza, debidamente firmado por la Compañía.
- Mercaderías en depósito o consignación.
- Lingotes de oro, plata y piedras que no se encuentran montadas o engarzadas.
- Objetos raros o de arte.
- Manuscritos, planos, croquis, dibujos, patrones, modelos o moldes.
- Títulos, papeletas de empeño o documentos de cualquier clase, sellos, monedas, billetes de banco, cheques, letras, pagarés, registros y libros de comercio.
- Carbón de piedra por el riesgo de combustión espontánea.
- Explosivos.
- Vehículos automotores, lanchas de motor, aviones y sus cargamentos.
- Bienes robados durante el siniestro o después del mismo y los daños ocasionados por el hecho o su tentativa.
- Bienes averiados o destruidos por fermentación, vicio propio o combustión espontánea, o por cualquier procedimiento de calefacción o desecación.
- Bienes destruidos por el fuego ordenado por las autoridades o por fuego subterráneo.
- Vidrios y cristales, excepto por la materialización de los riesgos asegurados.
- Bienes que se encuentren a la intemperie, fuera de los edificios o construcciones.
Exclusiones especiales:
- Terremoto: albercas, patios exteriores, escaleras exteriores y otras construcciones separadas del edificio. Cimientos, muros de contención debajo del nivel del piso más bajo o independiente, suelos y terreno. Frescos, murales, adornos artísticos que estén pintados o formen parte del edificio asegurado.
- Daños por agua: reparación del desperfecto que originó la pérdida o daño. Humedad ambiental (en condiciones normales). Daños o pérdidas que directa o indirectamente sean causadas por reparaciones, extensiones, reformas, mantenimiento y por llaves dejadas abiertas inadvertidamente o no.
- Lluvia e inundación: ingreso al interior del edificio a través de puertas, ventanas, vitrinas, claraboyas, respiradores, ventiladores que estuvieren abiertos o defectuosos por causas distintas a evento amparado. Efectos de plagas, moho y hongos. Árboles, cosechas, postes, cercas y portones.
- Cobertura extendida (art. 1, literales i, j, k, l ): daños causados por agua proveniente de un equipo de riego o de regaderas automáticas de otra tubería, a menos que el equipo hubiere sufrido daños por tempestad o ventarrón. Pérdidas en el interior de los edificios o de los bienes causados por lluvia, arena, polvo llevado o no por el viento, salvo que el edificio hubiere sufrido daños que dejaren aberturas en los techos, paredes, puertas o ventanas, causados por la fuerza del viento. Molinos de viento o sus torres, toldos de tela o lona, avisos, chimeneas de metal, equipo exterior de radio, televisión, otros aditamentos temporales de techos, techos de paja, madera o cartón. Edificios en proceso de construcción o de reconstrucción o sus contenidos, salvo estén completamente techados y con todas sus puertas, ventanas y vidrios. Humo de chimeneas de hogares.
El Asegurado deberá dar aviso por escrito a la Compañía de Seguros.
Nota: El asegurado tiene que estar al día en el pago del seguro.
PLAZO PARA REPORTAR UN SINIESTRO:
15 día calendario, si no se realiza dentro de este período, se lo consideraría extemporáneo y no contaría con cobertura.
DOCUMENTOS NECESARIOS EN CASO DE SINIESTRO:
- Carta formal y explicativa del evento incluyendo el valor reclamado.
- Informe técnico detallando las causas y daños.
- Informe de bomberos en caso de incendio e inundación.
- Presupuestos de reparación y/o reposición.
- Para liquidar totalmente el reclamo es necesaria la factura definitiva.
“Resolución No. 79-258-S del 10 de diciembre de 1979.”
SEGUROS EQUNOCCIAL:
Para reportar un siniestro y solicitar asistencia para el hogar:
1800 EQUINOCCIAL (1800 378 466) / 0997 590 590 / 0984 355 355
TECNISEGUROS S.A.:
1800 TU AYUDA (1800 882983) / 096 315 0005
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