Salud en Casa

Salud en Casa

Ahora cuentas con un seguro que te proporciona cobertura en caso de enfermedades que tienen un alto índice de ocurrencia y cuyo tratamiento es muy costoso como: cáncer, insuficiencia renal, infarto al miocardio, enfermedades coronarias o accidentes vasculares encefálicos.

 

Seguro de libre contratación para nuestros cuenta-ahorristas entre los 18 y 60 años, y permanencia hasta los 65 años de edad.

Nota: El seguro se cancela según el siguiente detalle:

  • Después de 90 días de no poder cobrar la cuota mensual.
  • Si el asegurado lo solicita expresamente.
  • Cuando ya se ha liquidado un siniestro.

 

  • No requiere de exámenes médicos previos
  • Cobertura las 24 horas del día los 365 días del año
  • Cobertura a nivel nacional e internacional
  • Cobertura 100% sin deducibles
  • Funciona como un beneficio complementario, en caso de que el cliente posea otro seguro
  • El dinero es de libre destinación, y se lo entregará en un solo pago con el diagnóstico positivo en máximo 8 días laborables

COBERTURA
Valores asegurados por persona (Titular de la cuenta)
18 a 50 años
51 a 60 años
PLAN A
PLAN B
PLAN A
PLAN B
Pago por diagnóstico de enfermedades graves anteriormente mencionadas.
$ 15.000
$ 11.000
$ 7.500
$ 5.500
Pago de medicamentos por la enfermedad diagnosticada durante 6 meses.
$300
$200
$150
$100
Depósito mensual en la cuenta durante 3 meses
$400
$250
$200
$125
Prima mensual Titular Plan A: $ 12.50        
Prima mensual Titular Plan B: $ 9.00        

 

COBERTURA
Valores asegurados por persona (Cónyuge)
18 a 50 años
51 a 60 años
PLAN A
PLAN B
PLAN A
PLAN B
Pago por diagnóstico de enfermedades graves anteriormente mencionadas.
$ 7.500
$ 5.500
$ 3.750
$ 2.750
Pago de medicamentos por la enfermedad diagnosticada durante 6 meses.
$150
$100
$75
$50
Depósito mensual en la cuenta durante 3 meses
$200
$125
$100
$62.50
Prima mensual con Cónyuge Plan A: $ 18.75        
Prima mensual con Cónyuge Plan B: $ 13.50        

 

 

  1. Una vez que hayas recibido el diagnóstico médico en el que confirma una de las enfermedades indicadas, deberás notificar de inmediato la ocurrencia del mismo a la aseguradora Chubb Seguros o a la compañía Tecniseguros

  2. El departamento de reclamos requerirá los siguientes documentos para darte el trámite respectivo:
    • Formulario de reclamación de Chubb Seguros
    • Historia clínica completa
    • Informe del médico tratante
    • Antecedentes médicos y exámenes
    • La Compañía de Seguros podrá requerir de los médicos tratantes del asegurado, todos los antecedentes que ellos posean, y podrá solicitar al asegurado someterse a los exámenes que le solicite para efectos de determinar y verificar la efectividad de la enfermedad
  3. Los familiares del cliente o interesados deberán entregar la documentación requerida a la aseguradora Chubb Seguros o a la compañía Tecniseguros para su revisión y respectiva indemnización

Descargue aquí el Formulario de Reclamación

Cáncer

  • Leucemia crónica linfocítica
  • Cánceres no invasivos in-situ
  • Cánceres de la piel con excepción del melanoma maligno
  • Tumores debidos a la presencia del virus de inmunodeficiencia adquirida, SIDA

Enfermedades coronarias

  • Angioplastia de globo
  • Técnicas que no requieren cirugía

Accidente vascular encefálico

La compañía no pagará el monto contratado bajo este anexo, si la enfermedad cubierta ha sido causa directa o indirecta de:

  • Lesión o padecimiento infringido a sí mismo intencionalmente
  • Uso o abuso de drogas o alcohol
  • Síndrome de inmunodeficiencia adquirida, SIDA
  • Radiación, reacción atómica o contaminación radioactiva
  • Veneno, inhalación de gases o vapores venenosos
  • Lesiones corporales causadas por medios externos, violentos y accidentales

La compañía podrá requerir de los médicos tratantes del Asegurado, todos los antecedentes que ellos posean, y podrá solicitar al Asegurado someterse a los exámenes que considere necesarios para efectos de determinar y certificar la efectividad de la enfermedad.

SEGURO DE ACCIDENTES PERSONALES

Resolución No. SB-INS-2000-121, Reg. N°. 19766 del 25 de abril del 2000.

* Cláusula cáncer y enfermedades terminales: Resolución No. SB-INS-2000-121, Reg. No. 19768 de Abril 25 del 2.000.

Para mayor información comunícate a:

1700 - 111999 CHUBB

TECNISEGUROS: (02) 2 941-600 Ext. 1706