Mi Salud Protegida
Asistencia inmediata y confiable
El apoyo que requieres en el momento que más lo necesitas, cuentas con una asistencia confiable todo el año.
SERVICIO DE ASISTENCIA | LÍMITES DE COBERTURAS POR UN AÑO | OBSERVACIONES | ||
COBERTURA | EVENTOS | COPAGO | ||
ASISTENCIA MÉDICA ESPECIALIZADA | Aplica para el titular y la familia | |||
MEDIPHONE Orientación médica telefónica E- Doctor |
100% | Sin Límite | - | |
ASISTENCIA EN CONSULTAS MÉDICAS Consulta Médico General Consulta con Médico Pediatra Consulta con Médico Ginecólogo |
100% | Sin Límite | - | Aplica para la atención médica del titular y la familia en centros médicos de la red de prestadores |
PLAN MEDICACIÓN Medicación Medicina General Medicación Médico Pediatra Medicación Médico Ginecólogo |
100% Primera receta médica (General o Pediatra o Ginecológica). Recetas adicionales con cobertura hasta $20,00. |
6 eventos |
- | Aplica para el titular y la familia |
PROTECCIÓN RENTA | Aplica para el Titular, póliza con AIG. | |||
Renta Mensual por Muerte Accidental para gastos de educación (máximo 12 meses). | Renta mensual $1.800 (Total $21.600 al año) | Sin Límite | - | |
Renta Mensual por Muerte Accidental para gastos de hogar (máximo 12 meses) |
Renta mensual $1.200 (Total $14.400 al año) | Sin Límite | - |
COSTO P.V.P.: $9.82 + IVA
NOTA: Si no se logra realizar el cobro durante 90 días consecutivos, el seguro será cancelado por falta de pago y quedará sin cobertura en caso de siniestro.
OBLIGACIONES DEL AFILIADO:
- Abstenerse de realizar gastos o arreglos en relación con alguno de los servicios descritos en el presente Documento, sin haber consultado previamente con TASISTE.
- Su Residencia Permanente debe ser dentro del territorio de la República de Ecuador, de lo contrario no tendrá cobertura.
- El valor de la asistencia debe pagarse mensualmente.
EDADES:
Desde los 18 años de edad hasta los 65 años, cumplidos previo a la suscripción al presente programa de asistencia, los BENEFICIARIOS son elegibles a partir del primer día de nacido. El AFILIADO o su cónyuge tendrán una permanencia hasta los setenta (70) años de edad. A partir de los setenta y uno (71) años de edad, el AFILIADO no tendrá derecho a los SERVICIOS del PROGRAMA DE ASISTENCIA MI SALUD PROTEGIDA.
El PROGRAMA DE ASISTENCIA MI SALUD PROTEGIDA contiene exclusivamente los siguientes servicios:
1.MEDIPHONE
Corresponde a la atención médica telefónica, que recibirá el AFILIADO, las 24 Horas del día, los 365 días del año, a través de la RED DE PRESTADORES, de acuerdo a lo indicado en el CUADRO DE BENEFICIOS GENERALES, con los términos establecidos a continuación:
- ORIENTACIÓN MÉDICA TELEFÓNICA
Corresponde a la atención médica telefónica, mediante profesionales en Medicina General, para asesorar, orientar al AFILIADO sobre inquietudes médicas, actividades de promoción y educación para la salud.
- E-DOCTOR
Servicio de e-doctor, es la orientación médica On Line, que permite al AFILIADO hablar con un profesional en Medicina General en tiempo real, a través de una video llamada, ingresando a nuestra página web
www.e-doctorgea.com/edoctor/ con el usuario y la contraseña que le será otorgado al momento de su afiliación.
2.ASISTENCIA MÉDICA ESPECIALIZADA
Coordinación de los servicios de ASISTENCIA MÉDICA ESPECIALIZADA que se detallan a continuación, previa solicitud del AFILIADO, de acuerdo con los términos y condiciones establecidas en el presente documento.
Esta asistencia, incluye:
- ASISTENCIA EN CONSULTAS MÉDICAS: se agendará las citas en CONSULTA EXTERNA o de acuerdo a la necesidad de atención, dentro de la RED DE PRESTADORES
- CONSULTA CON MÉDICO GENERAL: corresponde a la atención médica en CONSULTA EXTERNA con un MÉDICO GENERAL. La consulta médica se dará en los Centros Médicos de la RED DE PRESTADORE
- CONSULTA CON MÉDICO PEDIATRA: corresponde a la atención médica en CONSULTA EXTERNA con un MÉDICO PEDIATRA. La consulta médica se dará en los Centros Médicos de la RED DE PRESTADORES. Este servicio incluye el control de niño sano.
- CONSULTA CON MÉDICO GINECÓLOGO: c orresponde a la atención médica en CONSULTA EXTERNA con un MÉDICO GINECOLÓGO. La consulta médica se dará en los Centros Médicos de la RED DE PRESTADORES.
3.PLAN DE MEDICACIÓN
El AFILIADO tendrá derecho, sin costo adicional, a la medicación prescrita en la CONSULTA CON MÉDICO GENERAL, MÉDICO PEDIATRA Y CON EL MÉDICO GINECOLOGO.
El Plan Medicación, aplica para el AFILIADO durante las 72 primeras horas posterior a la consulta con el médico.
La medicación se podrá solicitar en la cadena a nivel nacional en los lugares donde esté presente PHARMACYS de acuerdo a las coberturas descritas en el CUADRO DE BENEFICIOS GENERALES del presente documento.
Los compuestos activos de los medicamentos cubiertos dentro del PLAN DE MEDICACIÓN se detallan a continuación:
PRINCIPIO ACTIVO | |
ACETAMINOFEN(PARACETAMOL) | KETOROLACO |
ACIDO FOLICO,VIT B-12 | MEDROXIPROGESTERONA, |
AMIKACINA, SULFATO DE | MEDROXIPROGESTERONA,ACETATO DE |
AMOXICILINA | METILERGOMETRIA |
AMPICILINA | METILPREDNISOLONA |
BETAMETASONA | METOCLOPRAMIDA |
CEFALEXINA | METRONIDAZOL |
CLINDAMICINA | NITROFURANTOINA |
DICLOFENACO SODICO | NITROFURANTOINA, HIDROXIMETIL |
FERROSO,SULFATO | NORFLOXACINA |
FLUCONAZOL | PENICILINA G.BENZATINICA |
FOLICO,ACIDO | SECNIDAZOL |
FOSFOMICINA | TINIDAZOL, MICONAZOL. |
GENTAMICINA, SULFATO DE | TINIDAZOL+NISTATINA |
4.PROTECCIÓN RENTA
En caso de muerte accidental del AFILIADO, se gestionara los montos y cupos máximos establecidos en el presente documento, siempre y cuando se haya reportado el suceso al centro de atención telefónica de TASISTE.
- Renta Mensual por Muerte Accidental para gastos de educación (máximo 12 meses): Renta mensual $1.800 (Total $21.600 al año).
- Renta Mensual por Muerte Accidental para gastos de hogar (máximo 12 meses): Renta mensual $1.200 (Total $14.400 al año).
Se pagarán los montos a consecuencia de muerte accidental cuando esta sea causada por cualquiera de los siguientes eventos:
- Contra todo tipo de accidente, las 24 horas del día, los 365 días del año, en cualquier parte del mundo, inclusive cuando viaje como pasajero en una aerolínea comercial.
- Heridas con arma punzante.
- Secuestro express.
- Picaduras de insectos: (abejas, mosquitos, arañas, etc.) cubre picaduras de insectos venenosos.
- Mordeduras de animales (serpientes, roedores, animales domésticos, etc.)
- Mordeduras de perros, víboras y otros animales.
- Intoxicación por ingerir alimentos en mal estado
- Introducción de cuerpos y líquidos extraños en oído, nariz y ojos.
- Inhalación de gases tóxicos.
- Fenómenos de la naturaleza como terremoto, maremoto, temblor, erupción volcánica, inundación, colapso, hundimientos desplazamientos así como eventos catastróficos, tales como incendio, explosión, etc.
Pérdida causada directa o indirectamente, total o parcialmente por:
- Infecciones bacterianas (excepto infecciones piogénicas que se derivan de cortadura o herida accidental)
- Cualquier clase de enfermedad
- Tratamiento médico quirúrgico (excepto el que necesitare como consecuencia de un accidente).
- Suicidio o tentativa de suicidio (este o no el asegurado en su sano juicio); ni
- Ninguna lesión corporal que dé lugar a la formación de una hernia; ni
- Guerra, motín, conmoción civil o actos afines; ni
- Mientras el asegurado este sirviendo en las fuerzas Armadas y/o policiales de cualquier país o autoridad internacional, ya sea en tiempo de paz o de guerra y en el caso de que el asegurado entrare en tal servicio la compañía, a solicitud del asegurado devolverá la prima prorrata por cualquier periodo de prestación de dicho servicio.
- Empleo de fisión atómica o fuerza radioactiva.
- Procesos médicos relacionados con el virus HIV o SIDA.
- Actos terroristas.
- Alcohol y drogas.
Adicional a las exclusiones que consten en este anexo, no son objeto de los servicios las situaciones de asistencia que presenten las siguientes causas:
- La mala fe, fraude o abuso de confianza del AFILIADO, comprobada por el personal de TASISTE.
- Los fenómenos de la naturaleza de carácter extraordinario, tales como inundaciones, terremotos erupciones volcánicas, huracanes, tempestades ciclónicas, etc.
- Hechos y actos del hombre derivados del terrorismo, guerra, guerrilla, vandalismo, motín o tumulto popular, etc.
- Hechos y actos de fuerzas armadas, fuerza o cuerpo de seguridad.
- La energía nuclear radiactiva.
- La ingestión de drogas, sustancias tóxicas, narcóticos o medicamentos sin prescripción médica.
- Enfermedades mentales.
- La adquisición y uso de prótesis o anteojos.
- Deportes de alto riesgo, Participación del vehículo asegurado en carreras prácticas, deportivas y pruebas preparatorias o entrenamientos.
- El incumplimiento de las obligaciones procesales que imponga la autoridad judicial como medida preventiva para asegurar la asistencia del AFILIADO en el procedimiento.
- Cuando la persona no se identifique como AFILIADO del programa de asistencia.
- Cualquier servicio de asistencia solicitado con más de 48 horas posteriores al momento de la emergencia o situación actual por la que solicite el servicio, exceptuando el servicio de Auto Sustituto.
- Cuando el AFILIADO incumpla cualesquiera de las obligaciones indicadas en este Documento.
- Cuando el AFILIADO no proporcione información veraz y oportuna, que por su naturaleza no permita atender debidamente.
- Procedimientos no autorizados por TASISTE.
- Cualquier cambio de los servicios que hayan sido solicitados directamente al PRESTADOR y que no esté dentro del alcance establecido en el servicio.
- La no utilización de alguno de los servicios estipulados anteriormente, no dará lugar a compensación de ningún tipo, perdiéndose el derecho sobre este beneficio.
- Los servicios que no se encuentren estipulados en el presente documento.
- El AFILIADO que requiera del servicio se comunicará con TASISTE al número telefónico 3994342 (Sierra) o 043705120 (Costa)
- El AFILIADO procederá a suministrar todos los datos necesarios para identificarlo, así como los demás datos que sean necesarios con el fin de poder prestar el servicio solicitado, tales como: la ubicación exacta, un número telefónico en el cual localizarlo; descripción del problema que sufre, el tipo de ayuda que precise, etc.
- TASISTE confirmará si el solicitante de los servicios de asistencia tiene o no derecho a recibir la prestación de los mismos y se procede a brindar el servicio
SIERRA
023994342
COSTA
043705120
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